La
Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró la responsabilidad
del Estado de Chile por la violación a los derechos a la vida digna, la
integridad personal, la niñez, la salud y la seguridad social en el caso de
Martina Vera Rojas, una menor de Arica que sufre el síndrome de Leigh -una
enfermedad neurológica progresiva- y que desde 2011 está en litigio contra su
isapre por denegación de tratamiento domiciliario.
La
demanda presentada ante la corte por la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH) acusó a la Isapre MásVida de retirar en 2010 de forma
“unilateral y arbitraria” el régimen de hospitalización domiciliaria que la
menor requería para el tratamiento de su enfermedad, así como para los cuidados
especiales que requiere por su condición de “niña con discapacidad”
El
tribunal advirtió que la decisión de la aseguradora fue tomada sobre la base de
una disposición reglamentaria contraria a los DD.HH., particularmente respecto
de la obligación de regulación de los servicios de salud prestados por
particulares. Asimismo, la Corte advirtió que, si bien posteriormente el
régimen de hospitalización domiciliaria fue restituido a Martina en virtud de
una decisión arbitral, y la disposición aplicada fue modificada, el riesgo de
afectación a los derechos de la niña continúa hasta la fecha.
Por
lo tanto, el Estado fue declarado responsable por el incumplimiento de su
obligación de prevenir la violación de derechos humanos, y de sus obligaciones
de desarrollo progresivo a la salud y la seguridad social.
En
este sentido, en su fallo la Corte IDH determinó las siguientes medidas de
reparación: “asegurar la vigencia del tratamiento médico de Martina Vera, en
las condiciones que se encuentran actualmente, así como aquellos tratamientos
que pudiera necesitar en el futuro con motivo de su enfermedad, en caso de
fallecimiento de sus padres o porque se vean imposibilitados de cubrir el
seguro; la entrega a Martina una silla de ruedas neurológica que le permita
realizar los traslados al hospital cuando esto sea necesario, y tratamiento
médico y psicológico y/o psiquiátrico a los padres de Martina”.
Además,
solicitó “adoptar las medidas legislativas o de otro carácter necesarias para
que la Defensoría de la Niñez tenga conocimiento y participe, de ser necesario,
en todos los procesos ante la Superintendencia de Salud, o en los procesos
judiciales, en los que se pudieran ver afectados los derechos de niños o niñas
por actuaciones de las aseguradoras privadas”.
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