La Corte Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) condenó al Estado ecuatoriano por la violencia sexual que sufrió P
G A de 14 años de edad en el 2001, de quien era el vicerrector en la
institución en la que estudiaba. La niña resolvió suicidarse, y 18 años
después, su caso recibe una sentencia por los más altos Tribunales de la
Región. El Tribunal determinó en su sentencia que Ecuador violó el derecho a la
vida de P G A, por lo que corresponde una indemnización por daños materiales
generados por su muerte. El Estado debe pagar en total, $ 70 mil a la familia
de la menor. Y entre otras acciones, deberá declarar un día oficial de
"lucha contra la violencia sexual en las aulas".
Se responsabiliza al Estado por la
violación del derecho a la vida, a la integridad personal, a la protección de
la honra y la dignidad, de la educación, en relación a garantizar medidas de
protección para los menores. Se observó por ejemplo, que la niña "fue
sometida, por un período superior a un año, a una situación que incluyó acoso,
abuso y acceso carnal por el vicerrector de su colegio, lo que conllevó el
ejercicio de graves actos de violencia sexual contra ella en el ámbito
institucional educativo"; y que "esa violencia institucional, que no
fue aislada, sino inserta en una situación estructural, resultó discriminatoria
en forma interseccional, viéndose la niña afectada en relación con su género y
edad".
Es
así que, el Estado no adoptó medidas adecuadas para abordar actos de violencia
sexual en el ámbito educativo y no proveyó educación sobre derechos sexuales y
reproductivos a la adolescente, lo que potenció su situación de
vulnerabilidad". En ese contexto, obliga a adoptar medidas adicionales
para corregir y subsanar acciones en protección de los menores. Entre estos:
Información
estadística sobre situaciones de violencia sexual contra niñas o niños en el
ámbito educativo.
La
detección de casos de violencia sexual contra niñas o niños en ese ámbito y su
denuncia.
La
capacitación a personal del ámbito educativo respecto al abordaje y prevención
de situaciones de violencia sexual; y,
La
provisión de orientación, asistencia y atención a las víctimas de violencia
sexual en el ámbito educativo yo a sus familiares.
También
se deberá dar tratamiento psicológico a los familiares de niña, como su madre P
A y su hermana; se deberá publicar el resumen oficial de la sentencia; realizar
un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, y otorgar
-si la madre lo acepta- en forma póstuma el grado de bachiller.
La sentencia de la Corte se resolvió el 24
de junio, pero se notificó al Estado ecuatoriano este 14 de agosto, y es la
primera que conoce el organismo internacional sobre violencia sexual en contra
de una niña en el ámbito educativo. En ella se recuerda que en el 2001, la
menor cursaba el segundo año de educación básica, comenzó a tener problemas con
ciertas materias y el vicerrector del colegio ofreció pasarla de año, con la
condición de que mantuviera con él relaciones sexuales.
"El vicerrector mantuvo relaciones de
índole sexual con la niña por más de un año. Personal del colegio conocía lo
que sucedía. El 11 de diciembre de 2002, la inspectora del curso de la menor le
envió una citación a la madre para que se presentara al colegio al día
siguiente. El jueves 12 de diciembre de 2002, mismo día de la citación, la
estudiante ingirió unas pastillas que contenían fósforo blanco. Luego se
dirigió al colegio y comunicó a sus compañeras lo que había hecho. En la
institución educativa la trasladaron a la enfermería, donde la instaron a
rezar". Luego, "su madre fue contactada y logró llegar al colegio un
tiempo después. Trasladó a su hija en un taxi a un hospital, y con
posterioridad a una clínica. El 13 de diciembre de 2002, la estudiante murió.
Se inició un proceso penal para determinar lo sucedido. La madre de ella
intervino en el marco del mismo, presentando una acusación particular contra el
vicerrector por los delitos de acoso sexual, violación e instigación al
suicidio. El 6 de febrero de 2003 se ordenó la detención del vicerrector y más
adelante, el 2 de septiembre de 2005, se le imputó el delito de estupro
agravado. El vicerrector se fugó, lo que llevó a que se suspendiera el
procedimiento en su contra. El 18 de septiembre de 2008 a solicitud del
vicerrector, la justicia ecuatoriana declaró prescrita la acción penal".
En esa línea, la Corte Interamericana
concluyó que el Estado de Ecuador es responsable por la violación del derecho a
la vida, al derecho a la integridad personal, a la protección de la honra y de
la dignidad, entre otros que son parte de la Convención Americana Sobre
Derechos Humanos, de la cual, el Ecuador es suscriptor.
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