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martes, 17 de octubre de 2017

El falso supuesto por desviación ideológica o intelectual


El falso supuesto por desviación ideológica o intelectual, como excesivo formalismo, que sacrifica el acceso a la justicia por  exigencias de  requisitos  que no están expresamente previstos en el artículo 317 y 320 del Código de Procedimiento Civil.

Conforme a la doctrina que fue citada supra, esta Sala Constitucional considera que la exigencia del cumplimiento de una “técnica” no establecida en el Código de Procedimiento Civil para la formalización del recurso de casación,  como carga procesal que se impone al recurrente para el conocimiento del mismo por parte de la Sala de Casación Civil, específicamente para el caso de la delación atinente al falso supuesto por desviación ideológica o intelectual, obedece a una jurisprudencia formalista que está en conflicto con el espíritu y razón de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por tanto, excede de los requerimientos básicos que disponen las normas que regulan la casación civil, pues si bien es cierto que hay requisitos que deben cumplirse para la admisibilidad o procedencia del recurso, en ningún modo éstos pueden disociarse del derecho fundamental al acceso a los recursos judiciales ni del derecho a la defensa del justiciable.


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