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jueves, 21 de abril de 2022

LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA DE LA HAYA FALLÓ A FAVOR DE NICARAGUA EN DISPUTA MARITIMA CONTRA COLOMBIA.

 

Corte de La Haya

La Corte Internacional de Justicia de La Haya falló este jueves 21 de abril de 2.022, a favor de la Republica de Nicaragua, y dijo que Colombia violó sus derechos marítimos; ello en el marco de una demanda presentada por la Republica de Nicaragua en el año 2.013 contra la Republica de Colombia, sobre el incumplimiento de esta última a un fallo emitido por este mismo Tribunal en 2012.

Durante la exposición del caso, la corte explicó que analizó el material probatorio expuesto por las partes, advirtiendo que, tras el estudio de la pruebas presentadas por la Republica de Nicaragua respecto a los incidentes en los que la Republica de Colombia violó su soberanía, y estimando que algunas de ellas “parecen preparadas para este caso”, decidió desestimarlas, añadiendo que por el contrario, las expuestas en su comparecencia por Colombia, “tienen valores probatorios”, señalando que Nicaragua “no ha podido demostrar sus alegaciones”.

No obstante, la Corte también determinó que basados en las evidencias pudo concluir que “la conducta de Colombia va en contra de las normas internacionales”, afirmando que Colombia no solo ejerció labores de preservación en los territorios marítimos, sino que también desarrolló labores de control de pesca en algunos sectores de la Zona Económica Exclusiva de Nicaragua, señalando que los argumentos presentados por Colombia “no justifican su conducta”.

Durante su exposición de argumentos, la Corte también señaló que Colombia ha violado su obligación internacional de respetar los derechos de Nicaragua sobre su jurisdicción en la Zona Económica Exclusiva, afirmando que la demanda de Nicaragua es admisible.

En la exposición de evidencias de la Corte, esta señala tres aspectos que sustentan la violación de las normas internacionales por parte de Colombia, afirmando que además de interferir con las actividad científicas y de pesca de parte de Nicaragua, también lo hizo con la operación de las embarcaciones pesqueras de ese país, añadiendo que el Estado colombiano se amparó en el ejercicio de imponer acciones de conservación, pero excedió sus competencias al autorizar actividades de pesca en la ZEE de Nicaragua.


Ver fallo...



1 comentario:

  1. En el cao marras se determina claramente las soberanía del Pueblo Nicaragüense se respetar su Zona Económica Exclusiva se Nicaragua, dando a la misma, la justicia necesaria... Deberíamos hacer lo mismo con el caso de Guyana, no lespraywbe. Gracias al Blogspot del Dr. Cesar Esquesa

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