El
Tribunal Supremo de Justicia fijó límites a poderes contralores de la Asamblea
Nacional, según lo establecido en la sentencia número 9 publicada este martes 1
de marzo.
Según
el contenido expuesto en el expediente 16-0153, el organismo judicial determinó
cada unas de las funciones del Parlamento Nacional, así como también se
estableció "sus límites democráticos para garantizar el equilibrio entre
los Poderes".
Asimismo,
dicha sentencia establece que el "TSJ reconoce el Poder Legislativo
Nacional, el cual tiene funciones de control político, a través del cual puede
encausar sus pretensiones, eso sí, siempre dentro del orden constitucional y
jurídico en general, pues ello no sólo es garantía de estabilidad de la Nación
y democracia, sino de respeto a los derechos fundamentales".
"La
disposición competencial en cuestión limita el control de la Asamblea Nacional
al Poder sobre el cual históricamente ha tenido competencia de control
político, es decir, al Ejecutivo Nacional; al cual, a su vez, la Constitución
le asigna funciones de control sobre aquella, incluso la medida excepcional
prevista en el artículo 236.21, es decir, disolver la Asamblea Nacional, para
evitar graves perturbaciones al ejercicio de las competencias constitucionales
que a su vez corresponden al Gobierno y a la Administración Pública, en
perjuicio del bien común de todos los ciudadanos y ciudadanas, y, en fin, para
proteger el funcionamiento constitucional del Estado y la colectividad en
general", reza parte del documento.
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