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viernes, 26 de febrero de 2016

AJUSTE DE LA CESTA TICKET


Aumento del Cesta Ticket a 2,5 Unidades Tributarias es oficializado en Gaceta.

En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela de fecha 19 de febrero de 2016, es publicado el Decreto Presidencial N° 2.244, a través del cual se ajusta el pago del Cesta ticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, a dos y media Unidades Tributarias (2,5 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes, pudiendo percibir hasta un máximo del equivalente a setenta y cinco Unidades Tributarias (75 U.T.) al mes, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 7° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los trabajadores y trabajadoras.

Las entidades de trabajo del sector público y privado, ajustarán de conformidad a lo establecido en el artículo 1° de este Decreto, el beneficio de Alimentación denominado “Cesta ticket Socialista” a todos los trabajadores y las trabajadoras a su servicio.

El ajuste mencionado en el artículo 1° de este Decreto, es de obligatorio cumplimiento por parte de los empleadores y empleadoras de todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.

Queda encargado de la ejecución de este Decreto el Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo.

Este Decreto entrará en vigencia a partir del 1° de marzo de 2016.


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