La
Corte Suprema de Justicia de Colombia mediante su Sala de Casación Civil,
Agraria y Rural, profirió una sentencia signada con la nomenclatura STC17832-2025,
Radicación N.º 11001-02-03-000-2025-05001-00, de fecha 5 de noviembre de 2.025,
que contó con la ponencia de la Magistrada: Adriana Consuelo López, que ha sido
considerada como un precedente relevante para el derecho procesal colombiano y
para la relación entre la inteligencia artificial y la función judicial; además
de resaltar que la misma no debe ser vista como una condena a la tecnología,
sino un llamado a reforzar los estándares de rigor, verificación y motivación
judicial en un entorno donde las herramientas de la inteligencia artificial comienzan
a incorporarse a la práctica jurídica.
La magistrada ponente consideró el hecho como una violación grave al debido proceso. En su análisis, lo calificó como un “defecto de motivación” y una “vía de hecho”. Para la Corte, no se trataba de un simple error sino de una construcción judicial fundada en afirmaciones carentes de sustento veraz; puntualizando entre otras cosas reglas claras sobre el uso de inteligencia artificial y fuentes jurisprudenciales dentro de la Rama Judicial. También afirmó que los jueces están obligados a verificar la autenticidad y el contenido de toda cita jurídica antes de incorporarla a una providencia. A continuación el contenido del fallo.


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