Resolución
N.° 2020-0027 de la Sala Plena que establece que las causas en materia de
obligación de manutención, serán conocidas por el Tribunal de Municipio del
domicilio del niño, niña o adolescente en aquellas ciudades o Municipios donde
no haya circuitos judiciales de protección.
Caracas,
9 de diciembre de 2020
210°
y 161
RESOLUCIÓN
N.º 2020-0027
De
conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 de la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela, corresponde al Tribunal Supremo de
Justicia, la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial.
CONSIDERANDO
Que,
la jurisdicción de Niños, Niñas y Adolescentes, conforme a los artículos 2 y 26
de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debe garantizar el
acceso a la justicia y, propender a obtener con prontitud la decisión
correspondiente, sin dilaciones indebidas y sin formalismos, con estricto apego
al Derecho y a la Justicia,
CONSIDERANDO
Que,
la reforma de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes, fue presentada por el Tribunal Supremo de Justicia, con el objeto
de fortalecer la garantía del derecho a la Tutela Judicial Efectiva y al Debido
Proceso de los niños, niñas y adolescentes, con fundamento en el nuevo
ordenamiento jurídico constitucional en materia procesal y sobre el Sistema de
Justicia.
CONSIDERANDO
Que,
de conformidad con el artículo 4 de la Ley Orgánica para la Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes, es obligación del Estado tomar todas las medidas
administrativas, legislativas, judiciales, y de cualquier otra índole que sean
necesarias y apropiadas para asegurar que todos los niños, niñas y adolescentes
disfruten plena y efectivamente de sus derechos y garantías.
CONSIDERANDO
Que,
el artículo 175 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes prevé la organización de los Tribunales de Protección de Niños,
Niñas y Adolescentes en primera instancia y segunda instancia, en cada circuito
judicial.
CONSIDERANDO
Que,
mediante distintas Resoluciones y de forma gradual, se han creado los Circuitos
Judiciales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en todo el país,
compuestos por Tribunales de Mediación, Sustanciación y Ejecución, Tribunales
de Juicio y Tribunales Superiores de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes,
con competencias para tramitar, decidir y ejecutar las sentencias conforme a la
Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
CONSIDERANDO
Que,
es deber de este alto Tribunal garantizar la administración de justicia en
forma célere y próxima a las usuarias y a los usuarios.
CONSIDERANDO
Que
mediante Resolución Nº 1.278 de fecha 22 de agosto de 2000 emanada de la
Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal
Supremo de Justicia publicada en Gaceta Oficial Nº 37.036 del 14 de septiembre
de ese mismo año, se estableció un régimen atributivo de competencia para
asuntos alimentarios a los Tribunales Civiles en localidades foráneos donde no
existan Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente, con el objeto de
tener al órgano administrador de justicia en el mismo domicilio de los Niños,
Niñas y Adolescentes, ya que de lo contrario sería una carga muy onerosa para
quien reclama la obligación de manutención.
CONSIDERANDO
Que
mediante la referida Resolución se estableció que en ausencia de los Tribunales
Civiles de Primera Instancia, los Tribunales de Municipios más cercanos a la
residencia de los niños, niñas o adolescentes, son competentes para conocer de
los procedimientos o acciones de obligación de manutención.
RESUELVE
Artículo
1° En
las ciudades o municipios donde no hayan Circuitos Judiciales de Protección,
las causas en materia de obligación de manutención, serán conocidas por el
Tribunal de Municipio del domicilio del Niño, Niña o Adolescente.
El
Tribunal de Municipio que resulte competente por el territorio, conforme la
presente Resolución conocerá exclusivamente los procedimientos o acciones cuya
pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución, extinción u
homologación de la obligación de manutención.
Artículo
2° El
Tribunal competente de acuerdo al artículo 1, de esta Resolución, aplicará las
normas adjetivas y sustantivas contenidas en la Ley Orgánica para la Protección
de Niños, Niñas y Adolescentes (2015), publicada en la Gaceta Oficial N° 6185
el 08 de junio de 2015.
Artículo
3° El
Tribunal competente de acuerdo al artículo 1, de esta Resolución, por ser Juez
Unipersonal, asumirá las funciones de mediación, sustanciación, juicio y
ejecución.
Artículo
4° El
Tribunal competente en Segunda Instancia es el Tribunal de Alzada en materia de
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial
correspondiente.
Artículo
5° Una
vez en vigencia la presente Resolución, todos los expedientes en trámite ante
los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes deberán ser
redistribuidos al Tribunal que corresponda de acuerdo al domicilio del niño,
niña o adolescente.
Artículo
6° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Amazonas
serán los siguientes:
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Atures y Autana
de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Atabapo y
Manapiare de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maroa de la
Circunscripción Judicial del Estado Amazonas.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Río Negro y Alto
Orinoco de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas.
Artículo
7°
El Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado
Anzoátegui serán los siguientes:
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Anaco de la
Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Anaco de la
Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María
Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María
Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Manuel Ezequiel
Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Juan Manuel Cajigal
de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Francisco del Carmen
Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Francisco de Miranda
de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio José Gregorio
Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertad de
la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertad de
la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua,
Sir Artur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado
Anzoátegui.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua,
Sir Artur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado
Anzoátegui.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Fernando
de Peñalver y Píritu de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Fernando
de Peñalver y Píritu de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Juan de
Capistrano de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Artículo
8°
El Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Apure
serán los siguientes:
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de
la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de
la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de
la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Arismendi de
la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Arismendi de
la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San
Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en Bruzual.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Muñoz de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en Mantecal.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Rómulo Gallegos de
la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Camejo
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Camejo
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Páez de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en El Nula.
Artículo
9°
El Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Aragua
serán los siguientes:
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago
Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago
Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y
Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de
Medidas del Municipio Santos Michelena de la Circunscripción Judicial del
Estado Aragua.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la
Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Tovar de la Circunscripción
Judicial del Estado Aragua.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la
Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la
Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Casimiro
de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Casimiro
de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Sebastián de la
Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Camatagua de la
Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Tribunal
de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad
Laboral, con sede en Cagua.
Tribunal
de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad
Laboral, con sede en La Victoria.
Artículo
10°
El Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Barinas
serán los siguientes:
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos,
Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del
Estado Barinas.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos,
Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del
Estado Barinas.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos,
Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del
Estado Barinas.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y
Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y
Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción
Judicial del Estado Barinas.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de
la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de
la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Antonio José de
Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la
Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de
la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel
Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel
Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Artículo
11°
El Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Bolívar
serán los siguientes:
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Independencia del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cedeño
del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede
en Santa Rosalía.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Maripa.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cedeño del Primer
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Caicara
del Orinoco.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolivariano de Angostura
del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
(anteriormente denominado Municipio Raúl Leoni).
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y
Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y
Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios El
Callao y Roscio del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado
Bolívar.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios El
Callao y Roscio del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado
Bolívar.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios El
Callao y Roscio del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado
Bolívar.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sifontes del Segundo
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Gran Sabana del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Artículo
12° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Carabobo
serán los siguientes:
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carlos
Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carlos Arvelo
de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma,
Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma,
Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma,
Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Tribunal
Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma,
Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara,
San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara,
San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara,
San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Tribunal
Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara,
San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito
Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, extensión Puerto Cabello.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito
Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, extensión Puerto Cabello.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito
Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, extensión Puerto Cabello.
Tribunal
Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito
Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, extensión Puerto Cabello.
Tribunal
Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito
Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, extensión Puerto Cabello.
Artículo
13° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Cojedes
serán los siguientes:
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San
Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial
del Estado Cojedes.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ricaurte de
la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot de la
Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Anzoátegui de la
Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la
Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio El Pao de San Juan
Bautista de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.
Artículo
14° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Falcón
serán los siguientes:
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Colina y
Petit de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Colina y
Petit de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Zamora y
Tocopero de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Píritu de la
Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado
Falcón.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado
Falcón.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Democracia de la Circunscripción Judicial del Estado
Falcón.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Urumaco de la
Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Buchivacoa y Dabajuro de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Buchivacoa y Dabajuro de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la
Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Artículo
15° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Guárico
serán los siguientes:
Tribunal
Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Guárico, con sede en Calabozo.
Tribunal
Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Guárico, con sede en Valle de la Pascua.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio José Félix Ribas de
la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Julián Mellado de la
Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José
Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado
Guárico.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José
Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado
Guárico.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Zaraza de la
Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios El Socorro y
Santa María de Ipire de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
Artículo
16° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Lara
serán los siguientes:
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Urdaneta de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino
y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez
y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez
y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez
y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara,
Artículo
17° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Mérida
serán los siguientes:
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo
Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas de la Circunscripción Judicial
del Estado Mérida.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo
Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas de la Circunscripción
Judicial del Estado Mérida.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Miranda
y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Miranda
y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rangel y
Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rangel y
Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
Artículo
18° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado
Bolivariano de Miranda serán los siguientes:
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de
la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de
la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Buróz de
la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Andrés Bello de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Pedro
Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de
Miranda (Carrizal).
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de La
Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y
Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda
(Santa Teresa del Tuy).
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Paz Castillo de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda (Santa Lucía).
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado
Bolivariano de Miranda (Charallave).
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal
Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de
Miranda (Cúa).
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado
Bolivariano de Miranda (Charallave).
Artículo
19° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Monagas,
serán los siguientes:
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y
Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar de la
Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel
Zamora y Cedeño de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño de la
Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acosta de la
Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caripe de la
Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa
de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertador de la
Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
Artículo
20° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado
Portuguesa serán los siguientes:
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José
Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado
Portuguesa.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de
Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado
Portuguesa.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanarito del Primer
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Papelón del Primer
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén,
Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial
del Estado Portuguesa.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén,
Santa Rosalía y Esteller del Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado
Portuguesa.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén,
Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial
del Estado Portuguesa.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Agua Blanca y
San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Portuguesa.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ospino del Segundo
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Artículo
21° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Sucre
serán los siguientes:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Montes del Primer
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y
Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Sucre.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejías
del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de
la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés
Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado
Sucre.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de
la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Tribunal
Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez,
Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Sucre.
Tribunal
Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez,
Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la
Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mariño del Segundo
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cajigal del Segundo
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdéz del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas del Municipio Valdéz del Segundo Circuito de la
Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
Artículo
22° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Táchira
serán los siguientes:
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas,
Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y
Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de
la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de
la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Ureña de
la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y
Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco,
José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del
Estado Táchira.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de
Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Uribante y Sucre
de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de
Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de
Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Panamericano,
Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del
Estado Táchira.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ayacucho de
la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ayacucho de
la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de
Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial
del Estado Táchira.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y
Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la
Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la
Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Páez de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en El Nula.
Artículo
23° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Trujillo
serán los siguientes:
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Urdaneta de la
Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Carache,
Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del
Estado Trujillo.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rafael
Rangel, Bolívar, Sucre, Miranda, La Ceiba, Andrés Bello y Monte Carmelo de la
Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rafael
Rangel, Bolívar, Sucre, Miranda, La Ceiba, Andrés Bello y Monte Carmelo de la
Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Boconó y
Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Boconó y
Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Artículo
24° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado La
Guaira será el siguiente:
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de las Parroquias Carayaca y El
Junko de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira.
Artículo
25° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Yaracuy
serán los siguientes:
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel
Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la
Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre,
La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado
Yaracuy.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre,
La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado
Yaracuy.
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de
Medidas de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción
Judicial del Estado Yaracuy.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la
Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Tribunal
Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la
Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la
Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Artículo
26° El
Tribunal competente para conocer las causas referidas a la obligación de
manutención, cuya pretensión sea, ofrecimiento, fijación, revisión, ejecución,
extinción u homologación de la obligación de manutención, en el Estado Zulia
serán los siguientes:
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de La
Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valmore Rodríguez de
la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Colón y
Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Tribunal
Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Colón,
Sucre y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado
Zulia.
Tribunal
Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Colón,
Sucre y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado
Zulia.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Catatumbo y
Jesús María Semprúm de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Rosario de Perijá de
la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Machiques de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio La Cañada de
Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Tribunal
de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mara, Almirante
Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Articulo
27° Esta Resolución entrara en vigencia a partir de su aprobación
por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena su publicación en
la Gaceta Judicial y la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela.
Comuníquese
y publíquese.
Dada,
firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, a
los (9) días del mes de diciembre de dos mil veinte (2020). Años: 210º de la
Independencia y 161º de la Federación.
EL
PRESIDENTE,
MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
PRIMER VICEPRESIDENTE, SEGUNDA
VICEPRESIDENTA,
JUAN
JOSÉ MENDOZA JOVER
MARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
Los
Directores y la Directora,
YVÁN
DARÍO BASTARDO FLORES
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MALAQUIAS
GIL RODRÍGUEZ
Los
Magistrados y las Magistradas,
ARCADIO
DELGADO ROSALES MARCO
ANTONIO MEDINA SALAS
FRANCISCO
RAMÓN VELÁZQUEZ ESTÉVEZ ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
JESÚS
MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
CARMEN ZULETA DE MERCHÁN
JHANNETT
MARÍA MADRIZ SOTILLO MÓNICA
MISTICCHIO TORTORELLA
BÁRBARA
GABRIELA CÉSAR SIERO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA
ARIZALETA
GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ MARISELA VALENTINA
GODOY ESTABA
FRANCIA
COELLO GONZÁLEZ
EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
DANILO
ANTONIO MOJICA MONSALVO CALIXTO
ANTONIO ORTEGA RÍOS
LUIS FERNANDO
DAMIANI BUSTILLOS LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
EULALIA
COROMOTO GUERRERO RIVERO FANNY B. MÁRQUEZ CORDERO
VILMA
MARÍA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ JUAN
LUIS IBARRA VERENZUELA
YANINA
BEATRIZ KARABÍN DE DÍAZ GRISEL LÓPEZ QUINTERO
RENÉ
ALBERTO DEGRAVES ALMARZA
CARMEN ENEIDA ÁLVES NAVAS
El
Secretario,
JOHN ENRIQUE PARODY GALLARDO
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