El matrimonio no es solo una relación amorosa,
también un contrato, y quien incumpla con sus obligaciones debe indemnizar el
daño causado a la pareja.
“Ya se me acabó la chispa, entonces decidí irme de
la casa”. Esta fue la confesión que realizó un hombre durante el proceso
judicial para poner fin a su matrimonio. Y, por ello, por ser el culpable del
divorcio, deberá asumir las consecuencias patrimoniales de ello. Con ese
argumento, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de Colombia dejó en
firme la cuota alimentaria que este hombre deberá pagar a su expareja. El
hombre buscaba con una tutela modificar la cuota alimentaria que le había
fijado un juez en el proceso de cesación de efectos civiles del matrimonio en
2017 por “culpabilidad en la ruptura de la unidad patrimonial”. El sujeto apeló
la decisión asegurando que solo tendría que pagar esa cuota si la mujer
estuviera en condiciones de marginalidad o debilidad manifiesta, pero la Sala
Civil no aceptó esos argumentos.
El alto tribunal ratificó la decisión al encontrar
que se valoró adecuadamente una causal objetiva de divorcio. Y citó varias
decisiones de la Corte Constitucional que apuntan a que, en esos casos, los
jueces deben “evaluar la responsabilidad de las partes en el resquebrajamiento
de la vida en común, con miras a establecer las consecuencias patrimoniales”.
El presidente de la Sala Civil de la Corte,
magistrado Octavio Tejeiro, indicó que “el matrimonio, así tenga carácter
religioso, tiene también un carácter contractual. Ello determina que las partes
contratantes están obligadas a cumplir las obligaciones que emergen de ese
acto. De tal manera que, si alguno de los dos incumple, pues obviamente está
llamada a indemnizar”.
El pasado 27 de marzo, la Corte Constitucional
ratificó las nueve causales de divorcio que tiene el código civil, que señala
que solo quien no haya incurrido en alguna de ellas puede pedir el divorcio.
Entre esas están las relaciones sexuales fuera del matrimonio; el
incumplimiento de los deberes; el maltrato; las adicciones; la separación de
cuerpos; o el mutuo acuerdo, entre otras.
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