La Sala Constitucional del TSJ, en un
esfuerzo por ponderar los intereses del propietario con los del inquilino y con
la obligación del Estado de procurar solución habitacional a ese inquilino (al
cual un Tribunal a través de sentencia definitivamente firme le ordenó el
desalojo), dictó Sentencia de fecha: 17-08-15, en la que nuevamente suspendió
los desalojos de viviendas arrendadas, hasta tanto al inquilino se le garantice
su “reubicación”. De igual modo prohibió los desalojos de viviendas que tengan
más de 20 años arrendadas, en manos de “multiarrendadores”, hasta tanto el
“multiarrendador” no cumpla su obligación de ofrecerla en venta por el precio
justo que impone la Ley de la materia.
jueves, 22 de octubre de 2015
Suspendido nuevamente el desalojo de inquilinos.
Soy Cesar Esqueda
Abogado en libre ejercicio de la profesion desde el año 2010 que obtuve el titulo de Abogado, conferido por la Universidad Nacional Experimental Romulo Gallegos UNERG, dedicado con mayor enfasis en las areas de Derecho Civil, Contencioso Administrativo, Lopnna, Agrario, Laboral, Mercantil; Creador y administrador de este blog, con la finalidad de difundir informacion de interes juridico para la colectividad y coadyuvar en la practica forense del derecho entre los colegas, las instituciones y los funcionarios encargados de administrar justicia.
SC
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