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jueves, 22 de octubre de 2015

Suspendido nuevamente el desalojo de inquilinos.

Suspension de desalojos



   La Sala Constitucional del TSJ, en un esfuerzo por ponderar los intereses del propietario con los del inquilino y con la obligación del Estado de procurar solución habitacional a ese inquilino (al cual un Tribunal a través de sentencia definitivamente firme le ordenó el desalojo), dictó Sentencia de fecha: 17-08-15, en la que nuevamente suspendió los desalojos de viviendas arrendadas, hasta tanto al inquilino se le garantice su “reubicación”. De igual modo prohibió los desalojos de viviendas que tengan más de 20 años arrendadas, en manos de “multiarrendadores”, hasta tanto el “multiarrendador” no cumpla su obligación de ofrecerla en venta por el precio justo que impone la Ley de la materia.


Ver sentencia 

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